Periodicidad de pago de las remuneraciones
Por la importancia que reviste para el trabajador la remuneración el legislador ha regulado la periodicidad con que debe ser pagada. El artículo 55 del Código del Trabajo dispone que se pagará con la periodicidad estipulada en el contrato, pero los períodos que se convengan no podrán exceder de un mes.
Agrega el artículo 44 que la remuneración podrá fijarse por unidad de tiempo, día, semana, quincena o mes o bien por pieza, medida u obra. En ningún caso la unidad de tiempo podrá exceder de un mes.
De lo expuesto, es posible deducir que la remuneración debe ser pagada en períodos iguales, entre un día de pago otro debe mediar la misma cantidad de tiempo que puede ser una semana, quincena o un mes.
Convenido el período de pago por las partes, debe ser respetado y cumplido, sin que sea procedente ser modificado unilateralmente por una de ellas. Es preciso recordar que el artículo 10, Nº 4 del citado Código, ordena indicar en el contrato de trabajo el monto, la forma y período de pago de la remuneración acordada.
Las partes contratantes no pueden pactar períodos de pago de remuneraciones superiores a un mes.
La Dirección del Trabajo ha precisado que el concepto de «mes» para estos efectos, es aquella unidad de tiempo que dura un período continuo que se cuenta desde un día señalado hasta otro de igual fecha en el mes siguiente, sin que sea necesario que se extienda del día primero al 28, 29, 30 ó 31, de suerte que resulta posible considerar como tal, también, por vía de ejemplo, el que va del día 20 de enero al 20 de febrero, o del 15 de enero al 15 de febrero etc.
Por tanto, resulta jurídicamente procedente establecer un sistema de pago de las remuneraciones por períodos de un mes, comprendiéndose en él 10 u 11 días del mes anterior y 20 días del mes en el cual se verifica el pago de las mismas. Dicho sistema de pago no tiene incidencia alguna en materia previsional.
Por lo demás, según lo dispuesto por el 56 del Código del Trabajo, las remuneraciones deben pagarse en día de trabajo, entre lunes y viernes, en el lugar en que el trabajador preste sus servicios y dentro de la hora siguiente a la terminación de la jornada, no obstante lo cual las partes pueden acordar otros días u horas de pago.
De esta forma, resulta improcedente e ilegal que si las partes convinieron como fecha de pago, por ejemplo, el último día del mes, el empleador pretenda pagar dentro de los cinco primeros días del mes siguiente.
La dirección del Trabajo ha establecido que, en el evento que el día de pago de las remuneraciones recaiga en domingo en un festivo, necesariamente debe anticiparse el pago al viernes inmediatamente anterior, toda vez que, de lo contrario aparecería excediendo la periodicidad máxima prevista por el legislador para el pago de las remuneraciones (dictamen 2093/033 de 13.05.2011).
Fuente dt.gob.cl
Ilustración kaosenlared.net
hola disculpa mira mi contrato dice q mi sueldo puede pagarse asta el quinto dia abil del mes siguiente eso es legal ??
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De esta forma, resulta improcedente e ilegal que si las partes convinieron como fecha de pago, por ejemplo, el último día del mes, el empleador pretenda pagar dentro de los cinco primeros días del mes siguiente. La dirección del Trabajo ha establecido que, en el evento que el día de pago de las remuneraciones recaiga en domingo en un festivo, necesariamente debe anticiparse el pago al viernes inmediatamente anterior, toda vez que, de lo contrario aparecería excediendo la periodicidad máxima prevista por el legislador para el pago de las remuneraciones.
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Si, esta bien.
Pero no puede exceder de un mes.
No precisamente el mes pude ser mes calendario, la legislación también comprende de un periodo a otro como puede se de 15 de enero al 15 de febrero.
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hola, trabajo de promotora y todos los fin de semanas me hacen un contrato diferente, en los contratos está estipulado que me pagaran al momento de terminar mi trabajo si yo presentaba mis boletas de honorarios, el problema es que fui a retirar mi dinero y no estaba y la respuesta que me dio mi empleador es que me pagarían desfasado osea lo junio a fines de julio, entonces quería saber si eso es legal o no? por favor ayuda. gracias
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Hola, habiendo la existencia de contrato, no debieses realizar boletas de honorarios, y los pagos se deben realizar una vez finalizado el trabajo, a las promotoras les deben de pagar semanal, y a su vez firmar cada semana nueva de trabajo o en su defecto mensual si el acuerdo es así. Si a la fecha no te han pagado, te sugiero vayas a la inspección y dejas el reclamo respectivo, hace bastante tiempo que ya nada se paga desfasado.
saludos,
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Espermos que se pueda ver si en el sector Forestal (Cosecha) se pueda cumplir con el pago cada 30 dias ya que en este momento se esta cansecando a los 45 dias
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hola mi nombre es pedro torres mi consulta es la sig: a mi la empresa no me a pagado el mes de nov. a la fecha de hoy 8 de diciembre aun no lo a hecho a demas fuy finiquitado el dia 25 de nov pero la empresa corta mes el 21. que puedo hacer? puedo tomar acciones legales? si me pagan esos 4 dias del mes de dic. me corresponderia el bono de fin de año? gracias
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si no te han pagado, debes acercarte a la inspección de inmediato.
Tu sueldo de nov ya debiese haber estado pagado el ultimo dia habil mes, y el finiquito 10 días hábiles posteriores a la separación laboral. da lo mismo los cortes internos que realicen las empresas, eso es mas que nada para un control interno de ellas, ya que deben trabajar en base a un corte específico.
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Hola!. consulta… remuneraciones se pueden pagar hasta los siguientes 5 días laborales, del mes siguiente.. o sea el mes de diciembre 2013 se puede pagar el 8 de enero 2014? eso es legal?
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Que sucede si mi contrato no posee definido el dia de pago. Me dieron una licencia por enfermedad de tipo sicologica a partir del 1° y mi empleador decide no cancelar mi sueldo arbitrariamente???
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Hola mi pregunta es la siguiente;¿que pasa si mi empleador no paga mi sueldo en la fecha pactada, es decir se atrasa de2 a 5 dias?
Quiero el despido indirecto y me gustaria saber que es la indemnizacion que me corresponde ya que tengo contrato a plazo de febrero a diciembre, y entendi que ella me debe indemnizar por mi despido autodespido o indirecto…
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Hola, a nosotros siempre nos pagaban los días 25 de cada mes, ahora se nos paga el 30 de cada mes y ahora nos quieren pagar el 5 día hábil de cada mes. Es legal lo que hacen?
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No, no es legal. No deben de menoscabar los ingresos del personal, si bien el sueldo se lo pagan igual, pero en fechas que provoca malestar a los trabajadores que cuentan con las lucas en un fecha establecida, y por lo demás, le debes de echar un vistazo a tu contrato de trabajo.
saludos
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Me gusto mucho la respuesta que dan ya que en la pega donde trabaja mi pareja los dias de pago son de 30 por 30 pero ahora el jefe quiere que trabajen 35 dias haun máximo de 50 por el sueldo de 30
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o por dios que es eso???
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la verda que nos tan cagando este sistema de vida trabajar para un pelotudo que se hace rico a costa de mi esfuerzo mas ensima me paga cuando el se le da la gana y una miseria de plata.. xd hay que hacer algo tamos mal asi.. chile esta enfermo.gente despertemos y protestemos por lo que es nuestro el cobre ,el oro y todos lo minerales de nuestra tierra nos pertenece y todos debemos ganar un sueldo digno para vivir, aca los unicos que se benefician son los mas ricos los que nos chupan la sangre para que ellos esten la raja viviendo la vida, la raja mientras nosotros nos hacemos mierda nuestras manos para que ellos se la gosen son unos care raja y nos pagan una miseria y ellos se rien del pobre y dicen el pobre es pobre por que es flojo shi wn soy flojo porque vo me pagay una mierda y no me alcansa la plata para pagar los estudios por eso no puedo ser como tu porque este sistema de mierda no me permite surgir y menos ganando una miseria.
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hola: mi contrato dice que como maximo se cancelara en los 5 dias del siguiente mes, pero nos van a cancelar el 09 de enero los sueldos de diciembre.
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hola del parrafo anterior sera esto legal..disculpas …plis
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Estimados:-
Mi caso es el Siguiente:
Yo presente una carta de Renuncia el dia 23 de Febrero del presente y a la fecha no me han pagado el sueldo ni los dias proporcionales trabajados.
Mi consulta es: si puedo pedir compensación económica por el periodo en que no recibí el sueldo.a la fecha que les corresponde comparecer a la inspección del trabajo.
Desde ya muchas gracias.
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Hola mira mi contrato es a plazo fijo por ende debo entender que me pagan los 5 de cada mes pero en este mes «Marzo» la proxima semana cae dia domingo 05, cuando debieran pagar? el jueves 02 de Abril? o el lunes 06 de abril?
desde ya muchas gracias
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La empresa aun no paga los sueldos del mes de marzo, dejo caro q l haría el día 06 de abril, están en plazo legal?
En caso de paralización puede despedir al personal que esta en paro?
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El pago depende lo que diga tu contrato, si es mes vencido u otra fecha que las partes hayan fijado. Ahora a las personas que se encuentran en paro no las pueden despedir, ni mucho menos contratar personal mientras lo estén.
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Hola quisiera saber si es legal o ilegal pagar la quincena 5 días después, ya que trabajamos para una contratista de una gran empresa y nuestro empleador nos dice que la empresa contratante no ha hecho los pagos !!
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La verdad que el pago de las quincenas no es legal ni ilegal, ya que el empleador no esta en la obligacion de dar anticipos a sus trabajadores, así es que si se comprometió a darles, sólo te queda esperar el deposito de ello. y si te fijas en tu contrato de trabajo, independiente de la actividad misma, en ninguna parte te habla y te hablara de anticipos mensuales a los trabajadores, no así la remuneración mensual, ese dato es fundamental que este identificado en el contrato de trabajo.
saludos
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Trucos ilusionistas a mi….jajajaj
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Tal vez a veces, no siempre, mis letras tienen la apariencia de ser «basicas», de haber sido escritas por una «tontita», «estupida» «confiada» «ingenua».
Lo que menos soy es confiada, aunque de esa posible apariencia. Tampoco tengo una pizca de tonta, estupida e ingenua, aunque a veces lo parezca.
«…No todo es lo que parece. Lo importante es lo que no se ve…»
Internamente, me rio cuando me subestiman en mi inteligencia racional, intuicion y capacidad de amar desde mi propio espiritu, de hacer magia blanca de verdad, no hablo de la magia ilusionista, de trucos mas viejos que la escarapela.
jajajajajajaja
Me encantan los viajes en el tiempo, sobre todo viajar al pasado. Aunque tiene su encanto imaginar el futuro y disfrutar tambien el presente, el reciente, el que se creo recientemente.
Saludos fraternos a todos los seguidores del Centinella
Pat
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Mi consulta es:Mi jefe no me a pagado todavia y ya pase los 5 Dias Que tenia para pagar mi sueldo que puedo aser no me contesta el telefono y yo sigo trabajando en la empresa…porfavor nesesito que me asesoren…… muchas gracia
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mi jefa me pago la mitad de mi sueldo,me dijo que me pagaria el resto el lunes vamos a estar ya a viernes y no pasa nada le mande un correo y me responde no hay plata que puedo hacer resulta k me estoy atrasando con mis cuentas y ella ni se asoma k puedo hacer?
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ola yo trabajo en modalidad part-time y me pagan por dias trabajados y las fechas de pago son los 26 de cada mes…..supongamos que el mes de julio trabaje 15 dias, esos dias me los pagarian el 26 de agosto. sera legal que el pago se desfase practicamente casi un mes??
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tengo una consulta. esta estipulado que para todos los funcionarios en la empresa donde trabajo, reciban su sueldo el último día hábil del mes y por tercer mes seguido desfasan el pago para el primero o segundo día del mes siguiente ¿puedo reclamar? ¿es legal lo que están haciendo?
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Hola mi nombre es Christian me contrato una empresa el dia 21 de Septiembre para una faena en terreno hasta el dia de hoy no se me han cancelado mis honorarios pactados en el contrato de trabajo, que debo hacer en este caso para que la empresa me cancele mi sueldo acordado en el contrato
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Hola…
Tengo contrato a honorarios a partir del 02-11-2015 hasta el 02-04-2016. El contrato esta firmado por ambas partes, en este mi empleador se compromete a pagar mi sueldo a mas tardar los dias 30 de cada mes, sin embargo hasta la fecha de hoy 12-12-2015 no se me pagado un peso. El problema según explica mi jefe es que la transferencia de los fondos con los cuales se me va a apagar están en observación en la plataforma. ¿Como puedo proceder en este tipo de casos?
Gracias de antemano.
Saludos.
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Hola quisiera saber k puedo hacer,denuncie a mi jefa por pago de sueldos fracionados y lamultaron ahora este mes de noviembre me transfirio un resto el dia 11 de diciembre y aun no me paga el resto,osea,sigue actuando igual k antesk puedo hacer?
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Hola tengo una inquietud, soy extranjera en Chile, mis documentos se encuentran en tramite, comencé a trabajar en un Call Center y trabajé 3 dias, me indican que esos 3 dias no se pagan porque segun eran de prueba. quisiera saber si esto es legal. gracias
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Si trabajaste, te deben pagar, aún cuando no hayas alcanzado a firmar contrato. Lo de los «días de prueba» me parece una excusa. Te recomiendo ir a la Inspección del Trabajo, si es que aún no lo has hecho.
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No es legal la están engañando
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Hola una consulta en mi contrato sale que el pago es el día 5 pero ese día cayó día sábado y me dijeron que me pagarían el día 7 o sea el lunes de la otra semana es legal y que puedo hacer al respecto?
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una consulta, me dijieron que no me pagaran este mes, pero si el otro más lo correspondiente del segundo mes, es eso posible? mi contrato es por dos meses,ayuda!
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Eso no es posible es ilegal
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es obligacion o voluntario para el empleador pagar quincena.
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Yo trabajo partime a honorarios y no me pagan desde abril. He realizado reclamos a la empresa y me dicen q me pagaran una fecha X y no es asi. Llevo meses reclamando y a la vez viajes al banco. Que puedo hacer?
Llamo todos los dias a rrhh y no me dan ni una respuesta. Yo necesito mi dinero 😦
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soberana estupidez que un empleador disponga de un mes para pagar el sueldo…están obligados por ley a pagar las imposiciones antes de los 5 de cada mes….pero pueden pasarse hasta 20 dias para pagar el sueldo….pffff
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Quisiera que me ayudasen saben no me han pagado un dinero por un curso trabaje por una otec y el resto del dinero me lo tenian que pagar un mes despues ya ha pasado un mes de esa fecha que me aconsejan ???
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consulta me pagaron el 43% de mi sueldo el 31 de este mes tengo que esperar asta el 7 de junio para esperar por lo que falta por pagar
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yo entre este 17 empresa de seguridad la empresa hace cortes los 20 de cada.mes. yo hago turnos de 4×4 de 12 horas. me dicen k me van a pagar solo 4 dias x que ellos cierran los 20 y los otros dias k trabaje que pasa con.esos dias no los pagan .yo tengp entendido cuando tu entras un 1 hacen los cortes ppr dia trabajado.queria saber por kme pagar tendra k pagarm
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Es obligación del empleador hacer a delante cuando no paga los 30. Si no los 5 del mes siguiente teniendo en cuanta q por dos años a pagado con puntualidad los 30 de cada mes No hace adelanto por nada ni si qquiera por una necesidad
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Es legal que todabia no me paguen el sueldo correspondiente al mes de octubre si mi contrato termino el 31 del mismo estando a 6 de noviembre
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Tengo una consulta llevó dos años trabajando en una empresa y siempre han pagado los días 27 …El 28 de Noviembre salí de prenatal(de hecho salía el 24 pero quería irme con.todo mi sueldo)y resulta que el 27 después de la jornada de trabajo me doy cuenta que me pagaron menos y fue porque mi trabajador me descontó 28,29 y 30 diciéndome que el paga los 30 pero de buena onda paga los 27 para no atrasarse(no se con que) pero yo trabaje mis 30 días…(del 27 de octubre al 27 de noviembre) quien me ayuda…
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mi contrato en un lugar dise EL CUAL SERÁ PAGADO,EN MONEDA NACIONAL,POR PERÍODOS VENCIDOS A MÁS TARDAR EL QUINTO DÍA HÁBIL DEL MES SIGUIENTE LEÍ la ley del trabajador y si se que esto es ilegal resien me estan pagando el día 6 de diciembre los otros meses han pagado los 10 que hago en este caso … la empresa siempre ha hecho esto que espera el último día del mes querés 30 o 31 pero esperan después 5 días más y ahí resien pagan.. que se puede hacer si esto es ilegal
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Mi contrato dice que mi pago son los 30 cada mes , por ley tienen 5 días Avilés después de la fecha 30
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Buenos dias.
En la empresa que estoy trabajndo ya muchas las oportunidades que no nos pagan en la fecha establecida por contrato ya sea quincena y fin de mes. Y nos obligan a trabajar con la amenaza de ser despedidos.
Que puedo hacer ante esta cituación.
Atento a sus comentarios.
Richard jorquera
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hola buenas mi nombre es harmin, la empresa me debe aun el mes de enero, ya estamos a 22 de febrero y nada, ellos dicen que la junji no le ha pagado por la obra por ende no nos pueden pagar nuestros sueldos, adems me entero que nos que nos quieren desvinvcular de la empresa, y pagarnos hasta el 9 de febrero siendo q nuestro contrato estaba hasta el 28 de febrero, fuimos a la inspeccion y nos dijeron que hagamos una carta de autodespido, lo hicimos y todo pero aun nada, siguen con el tema de la junji, ya no se que mas hacer, como podemos estar tan desprotegidos como trabajadores, nostros siempre cumplimos con las empresas y luego pasa esto.
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Hola , en mi empresa no me han cancelado el mes de Junio , estamos a 14 de Julio la verdad que esta es una empresa que siempre cumplió con sus deberes es un tema que esta sucediendo este año , debido a que bajo enormemente la producción y los contratos .
Ahora Como podemos ver con nuestro empleador esta situación , nuestra empresa se dedica a realizar obras para organismos públicos y privados , es decir en el publico debe de participar en licitaciones al igual que el privado, de y en la cual estamos al tanto que no le han cancelado por diferentes temas que nos aqueja a todos .
Como llegar a una buena solucion para con nuestro empleador.-
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Hola mi consulta es la siguiente , mi ex empleador en el contrato estipula el pago de remuneración el dia 5 yo fui desvinculado de la empresa el día 30 y hoy 6 aún no se me paga es legal lo que hace la empresa R&M Seguridad de la ciudad de la serena?
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